Ley 11/2007, de 22 de junio de AECSP

Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Ofrecer el mejor servicio al ciudadano y el compromiso que ha de tomar la Administración para ofrecer a la ciudadanía las ventajas y posibiliades que la sociedad de la información contiene, constituye el notivo por el cual la Administración queda obligada a su transformación en Administración electrónica, en virtud del principio de eficacia que recoge el artículo 103 de la Constitución.

La Ley estipula como derecho de los ciudadanos, la comunicación con las administraciones públicas a través de medios telemáticos, el reconocimiento de este derecho y la correspondiente obligación para la Administración de configurar los mecanismos que hagan posible su ejercicio, configura el eje vertebrador de esta Ley.

La Lay regula el régimen jurídico de la administración electrónica y la gestión de forma telemática de los procesos.


AdjuntoTamaño
8Document_432_1002[1].pdf171.48 KB

Descárgate Guarà 1.0

Descargate Guarà Linux